Como Trabajamos

1. Toma de contacto. Analizaremos todas las necesidades del cliente a través de un breve formulario sobre la idea de la reforma que quiere realizar. Nuestros técnicos recabarán la información necesaria de los trabajos a realizar, mediremos "in situ", y tomaremos fotografías del estado actual del lugar donde se desarrollarán las obras, y también la información que nos pueda también facilitar el cliente (p.e. planos previos).

2. Estudio inicial y oferta económica. Presentaremos una oferta o presupuesto detallado, sin compromiso, y totalmente gratuito, donde se detallarán fielmente todas las partidas a realizar, consiguiendo una óptima relación calidad-precio, y fijaremos el plazo de ejecución de los trabajos.

3. Formalización del contrato. Resueltas las dudas, se procederá a la firma del contrato de obras donde se adjuntarán las partidas de la oferta económica inicial así como las condiciones pactadas con cada cliente en las gestiones precedentes a dicha firma. (En el momento de la firma del contrato entre el cliente y RTD se hará entrega, entre otra documentación, del certificado de estar al corriente de pago del Seguro de Responsabilidad Civil de la empresa en vigor).

4. Permisos de obra y licencias. Se solicitarán los permisos y licencias necesarias para el correcto comienzo y desarrollo de las obras a ejecutar, siempre que el cliente contrate dicho servicio.

5. Realización de obras. Con las licencias y permisos concedidos, se procederá al inicio de todos los trabajos pactados, cumpliendo fielmente la planificación de la obra, para lograr la consecución de los plazos y exigencias de calidad convenidos. La supervisión de la obra de inicio a fin es realizada por Arquitectos Técnicos en plantilla, quienes atenderán sus solicitudes en todo momento, y resolverán las dudas que surjan. El cliente dispondrá así de información de primera mano de los avances de la obra.

6. Garantía post-venta.  El cliente revisará que todo se haya realizado según el contrato firmado, y una vez comprobado, se procederá a la firma del Acta de Recepción de las Obras y a la entrega de toda la documentación de fin de obra necesaria. Es a partir de la firma de este Acta cuando entrará en vigor el período de garantía total post-venta.